junio 2023, Volumen 38, Numero 1
Agroecología y derechos de las campesinas y los campesinos

Agroecología para avanzar en el cumplimiento de los derechos de las campesinas y los campesinos

EQUIPO EDITOR | Página 4
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Esta edición especial de LEISA, dedicada a “Agroecología y derechos de las campesinas y los campesinos”, fruto del trabajo conjunto entre la Asociación ETC Andes y la Sociedad Científica Latinoamericana de Agroecología (SOCLA), presenta algunas de las experiencias y los procesos que, desde diferentes territorios latinoamericanos, muestran cómo la agroecología contribuye al respeto, protección e implementación de los derechos de las personas campesinas y trabajadoras rurales en el marco de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales (en adelante, la Declaración o UNDROP, por sus siglas en inglés). Desde el año 2002, SOCLA promueve una reflexión sobre la agroecología como estrategia para la promoción e implementación de derechos humanos, enfocándose particularmente en los derechos de las personas campesinas.

El reconocimiento mundial de la importancia de las campesinas y los campesinos y de los desafíos que enfrentan llegó tras 17 años de negociaciones. En 2018, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la UNDROP, la cual establece una serie de medidas para orientar a los Estados a respetar, proteger y efectivizar dichos derechos. Bajo el marco de la UNDROP, todas las personas dedicadas a la agricultura y ganadería artesanal o en pequeña escala, así como al pastoreo, pesca, silvicultura, caza, recolección, artesanía, además de los trabajadores asalariados –incluidos migrantes, independientes y temporales–, son titulares de derechos. La UNDROP reconoce a la agroecología como la aplicación de conocimientos tradicionales, innovaciones y prácticas campesinas adecuadas para la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad y la tierra, estableciendo la responsabilidad de promoverla.La mayoría de los derechos consagrados en la UNDROP, como el derecho a la tierra, a las semillas, a la biodiversidad, al agua para riego, a los recursos naturales y a su uso sostenible; el derecho a la conservación y protección del medio ambiente; el derecho a una formación adecuada adaptada al entorno agroecológico; el derecho al trabajo seguro; el derecho a un nivel de vida adecuado; y el derecho a la soberanía alimentaria, entre otros, son esenciales para la agroecología. El ejercicio de estos derechos respalda los procesos de transformación agroecológica y, a su vez, la puesta en práctica de la agroecología apoya la realización de los mismos (Morena y otros., 2021, citado por Zon y otros; Castañeda, p.10).Esta edición consta de 12 artículos. Los tres primeros, de carácter introductorio, presentan, por un lado, a la UNDROP como herramienta legal y política para encontrar soluciones y garantizar el progreso en el cumplimiento de los derechos de las campesinas y los campesinos. Y, por otro lado, valoran a la agroecología como una de las vías fundamentales para el ejercicio de estos derechos.Los trabajos restantes reflejan diferentes experiencias, desde el nivel local hasta el nacional, así como estrategias concretas en torno a la agroecología que generan procesos de cambio y garantizan los derechos de las personas campesinas en su diversidad. En este sentido, las mujeres juegan un rol central (Quiroga y otros, pág. 35; Zon y otras, pág. 55; Arias y Coradin, pág. 60). Varios de los textos recogen la organización y los procesos participativos impulsados desde los sentipensares de los cuerpos-territorios, buscando poner la vida en el centro y garantizar los derechos de las mujeres campesinas.El artículo de Ariza y Gazzano (pág. 50) refleja también las experiencias juveniles en un proceso de incorporación de jóvenes al medio rural desde el acceso a la tierra, ampliando nuestra comprensión sobre los derechos campesinos que las juventudes reclaman. En algunos casos, las demandas campesinas se combinan con las de los pueblos indígenas, como se muestra en los artículos de Sic y otros (pág. 31), y de Quiroga y otros (pág. 35). Las experiencias presentadas muestran cómo los derechos están interrelacionados, aunque se observa la centralidad del acceso a las semillas y a la conservación de la biodiversidad (Sic y otros, pág. 31; Omaña y otros, pág. 45), así como del acceso a la tierra-territorio, todo ello muy vinculado con la protección y el cuidado de los medios de vida campesinos.

Esperamos que esta edición contribuya al avance de una agroecología construida desde las diversidades y los territorios a través de experiencias concretas que nos dan claves para su amplificación, y que simultáneamente respalde la implementación de los derechos que la definen. Agradecemos a Eclosio, ONG universitaria belga, por su apoyo en la realización de este número. Eclosio, por medio de su trabajo en Perú y Bolivia, presta especial atención a la garantía y el cumplimiento de los derechos ambientales, al derecho a una alimentación saludable y a los derechos de las mujeres.

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