Trabajo, pero sin derechos: limitaciones tradicionales a los derechos de las mujeres sobre la tierra
Tradicionalmente, las mujeres tienen menos derechos y menos oportunidades de ingresos que los varones en las áreas rurales, con frecuencia debido a ideas patriarcales y conservadoras según las cuales se percibe a los varones como la principal fuerza productiva. Independientemente de cuán activas sean las mujeres en la producción agraria, se piensa normalmente que su trabajo forma parte del manejo de la familia y del hogar. Las mujeres rurales en América Latina, por ejemplo, trabajan un promedio de 14 horas al día. A pesar de eso, casi no se considera como trabajo su contribución a la seguridad alimentaria. Debido a la presión que genera la producción de cultivos para la exportación, cada vez es más difícil acceder a tierras para el cultivo de alimentos, o aquella a la que se accede permite sólo bajos rendimientos. Cada vez es más difícil cultivar suficiente cantidad de alimentos para la familia, y la producción para el mercado no genera suficientes ingresos como para comprar alimentos para el hogar. Debido a esto, para poder nutrir al resto de su familia, generalmente las mujeres comen menos de lo que deberían.
Las mujeres producen una proporción muy grande de los alimentos del mundo: según FAO, entre el 80 y el 90% en los estados africanos al sur del Sahara; entre el 50 y el 90% en Asia; y alrededor del 30% en Europa central y oriental. A pesar de esta alta contribución a la producción agraria, en la mayoría de los casos las mujeres no controlan sus propias tierras. Kenia es un ejemplo interesante, ya que el 98% de sus mujeres trabajan a tiempo completo en el sector agrario, pero solamente el 5% de ellas tiene títulos de propiedad de las tierras.
Las mujeres y las reformas agrarias
Las demandas por una redistribución de las tierras, apoyadas por grandes movimientos de reforma agraria, hicieron que en el último siglo se implementen una serie de medidas reformistas en varios países. Considerando la difícil situación de los pequeños agricultores y de las familias sin tierra, las reformas agrarias debieron ser un medio para satisfacer la demanda de equidad social. Sin embargo, para varios gobiernos la reformas fueron solamente un medio de pacificación social. A pesar de la existencia de una legislación progresista y de cierto éxito en algunos países, en muchos lugares las medidas no llegaron muy lejos debido a una débil implementación – básicamente por falta de voluntad política. En muchos países sólo cerca del 10% de la población rural se benefició de los cambios en la propiedad de la tierra.
Generalmente, las demandas por las reformas agrarias se basaron en la injusticia social predominante. Sin embargo, esta injusticia se ha analizado principalmente en base a la “clase social” y, pocas veces, en función a otros criterios, como puede ser el género o la etnicidad. Es por ello que por mucho tiempo las reformas agrarias han sido ajenas a los problemas de género. Es sólo recientemente que algunos países han tomado en consideración los temas de género y el acceso a la tierra, y los resultados han sido diversos. Como consecuencia de la movilización de las mujeres de diferentes organizaciones y movimientos, han habido algunos éxitos en la década de 1990 con relación a un mayor reconocimiento formal de las mujeres.
Para asegurar que las mujeres también se beneficien de las medidas de redistribución de la tierra, es necesario desarrollar estrategias funcionales basadas en estas experiencias.
Ejemplo de América Latina: mujeres marginadas dentro de la reforma agraria
Comparativamente, las mujeres se han beneficiado menos de las reformas agrarias en América Latina. Las razones de esto han sido jurídicas, estructurales, ideológicas, culturales e institucionales. A veces la legislación agraria ha sido modificada para que se refiera explícitamente a la igualdad formal de las mujeres, pero los detalles esconden una realidad distinta. Se usa el lenguaje legislativo, por ejemplo, de una manera discriminatoria; no se da prioridad a las mujeres jefes de familia; se deja fuera de la reforma a muchas comunidades que viven fuera del estado marital; y no se reconocen a los grupos muy empobrecidos. La redistribución de la tierra en función a un sistema de puntaje probó ser, directa o indirectamente, discriminatoria. Por ejemplo, fue directamente discriminatoria en Brasil y en Costa Rica, donde a los beneficiarios varones se les dio mayores puntajes. Fue indirectamente discriminatoria en Chile y en Colombia, donde un nivel superior de educación otorgaba mayor puntaje a las personas; situación que perjudicó a las mujeres debido a la discriminación existente en el sistema educativo.
Participación de las mujeres en la redistribución de la tierra
Se han intentado varios enfoques para que las mujeres puedan beneficiarse directamente de las medidas de redistribución de la tierra. Un punto importante es que las mujeres, cualquiera sea su situación —mujeres solteras, madres solteras o casadas— tengan sus derechos garantizados y cierto poder de negociación. Es necesario emitir títulos de propiedad a nombre de las mujeres o de un colectivo de mujeres. En algunas legislaciones nacionales se han introducido algunos modelos con fines diferentes, entre los que se incluye, por ejemplo, una distribución conjunta de tierra a las parejas, independientemente de su situación familiar. Es decir, se registra la propiedad de la tierra a nombre de los dos.
Ejemplo de América Latina: distribución conjunta de tierras
Durante mucho tiempo, en la mayoría de los países de América Latina sólo era posible registrar la tierra a nombre de una persona. La distribución en conjunto de la tierra, obligatoria para parejas casadas y no casadas, toca por un lado el tema de la garantía de derechos, mientras que por el otro reconoce que en las comunidades de los países latinoamericanos son comunes las uniones de hecho, no maritales. Entre 1988 y 1995, sólo en cinco países se incluía un proveído para la distribución conjunta de la tierra en la legislación agraria. Esto era obligatorio en Nicaragua, Colombia y Costa Rica, y opcional en Brasil y en Honduras. Después de la Cumbre Mundial de Mujeres de Beijing, en 1995, otros países (Perú, República Dominicana y Guatemala) introdujeron este concepto en su legislación, gracias a la creciente influencia de los movimientos de mujeres. Observaciones empíricas sugieren que gracias a estas medidas se ha incrementado considerablemente la proporción de beneficiarias.
Ejemplo de Filipinas: los mismos derechos
La Ley Integral de Reforma Agraria garantiza a las mujeres rurales los mismos derechos. “Se deben garantizar y asegurar los mismos derechos de propiedad de tierras, una igual cuota de la producción de la fincas y representación en instancias consultivas o de toma de decisión apropiadas, a todos los miembros calificados de la fuerza laboral agrícola”. La modificación del código civil de 1988 garantiza los mismos derechos de propiedad a los varones y a las mujeres. Es más, lasmujeres deberían tener acceso a todos los programas gubernamentales y privados de distribución de créditos y de recursos no materiales, y deberían ser tratadas de la misma manera en los programas de reforma agraria y de colonización de tierras. Sin embargo, lo concreto es que el 86% de los beneficiarios de la reforma agraria son varones.
En los procesos de distribución de tierras debería reconocerse la alta proporción de madres solteras y el número de niños en una familia. Dada la situación de desigualdad inicial, no es suficiente dar a las mujeres los mismos derechos que los hombres. Para contrarrestar las injustas estructuras condicionadas históricamente, algunas organizaciones de mujeres exigen la introducción de medidas compensatorias. Este tipo de acciones afirmativas aparece, excepcionalmente, en algunas legislaciones agrarias. El grado en que estas medidas compensatorias mejoran las condiciones de la mujer tiene que ser evaluado en base a resultados concretos. Se debe desarrollar un sistema permanente de monitoreo para asegurar que los éxitos obtenidos sean sostenibles. En realidad, los grupos vulnerables se ven con frecuencia afectados por las contra-reformas o por la mayor orientación hacia mecanismos de mercado y liberalización económica que hoy se implementan en muchos países.
Ejemplo de Sudáfrica: acción afirmativa
En Sudáfrica, las mujeres fueron uno de los grupos meta favorecidos por los procesos de reforma agraria. “La redistribución dará prioridad a los siguientes grupos: a los marginados y a las mujeres en situación precaria”. La igualdad de derechos, junto con justicia social y factibilidad económica, es uno de los tres principios de la reforma agraria en Sudáfrica. Para permitir que las mujeres se beneficien de las reformas agrarias, el gobierno ofrece 20,000 Rand (moneda sudafricana, equivalente a US$ 2,500), que ellas pueden obtener individualmente. Si las mujeres son casadas, pueden postular juntamente con sus maridos. Se registran los dos nombres y ambos aparecen en las listas de beneficiarios. Sin embargo, la baja tasa de implementación de la reforma de la propiedad de la tierra en Sudáfrica, demuestra que una legislación progresista es un requisito fundamental, pero no garantiza un cambio real en las estructuras de propiedad que favorezca a las mujeres.
Mercado boliviano. Las mujeres producen gran parte de los alimentos del mundo, pero en la mayoría de los casos, no controlan sus propias tierras / Foto: FIAN
Las mujeres y el mercado de tierras
Las experiencias de los países donde se implementaron medidas intensas de reforma agraria demuestran que el beneficio directo de las mujeres ha sido limitado. ¿Estarían mejor las mujeres dentro del marco delos procesos nuevos de reforma orientados al mercado, con una lógica neoliberal? Las reformas agrarias orientadas hacia el mercado, como las que promueve el Banco Mundial y otros, contribuyen directa e indirectamente a que los procesos lleguen a un punto muerto. La idea es que la redistribución de la tierra sea regulada por mecanismos de mercado: los agricultores que cumplen con ciertos requisitos pueden solicitar créditos a los bancos agrarios para comprar tierras. Pero los grupos tradicionalmente marginados son excluidos desde el inicio, ya que no satisfacen los criterios requeridos. Muchos agricultores que compraron sus tierras de esta manera han incurrido en grandes deudas; y muchos de ellos se han visto forzados a vender sus tierras. Para empeorar las cosas, el Estado está abandonando su rol de apoyo a la producción (basado en facilitar el acceso a mercados y semillas, y de proporcionar capacitación y asesoría técnica).
En la década de 1990, principalmente debido a la presión que ejercieron las organizaciones de mujeres y de derechos humanos, las mujeres latinoamericanas se beneficiaron más de los programas de titulación que de los anteriores programas de reforma agraria y, ahora, la participación de las mujeres es proporcionalmente mayor, aún si sigue siendo definitivamente menor que la de sus contrapartes varones. Pero debido a los cambios generales en las políticas agrarias en esta década, cesaron los procesos de redistribución de tierras, lo que en cifras absolutas significa que menos mujeres recibieron tierras.
Es más, las mujeres están siendo discriminadas por otras razones en los mercados de tierra o en los procesos de reforma agraria orientados al mercado. Las mujeres tienen pocas oportunidades de obtener ingresos o propiedades, y escaso acceso a los créditos. Entre otras razones, esto se debe a una discriminación en relación a las herencias, a la responsabilidad cultural por la función reproductiva (que toma mucho tiempo pero que no genera ingresos) y a la segmentación específica de género en el mercado laboral, donde las mujeres generalmente ganan menos que los varones y las actividades “típicas” de las mujeres son las peor remuneradas.
Las mujeres tienen menos poder de negociación en los mercados de tierras, y generalmente pagan más por parcelas que son menos productivas. Por eso, parece que incluso los mercados de tierra no son neutrales en lo que se refiere a género: la principal manera de los varones para acceder a la tierra es comprándola, mientras que para las mujeres es por herencia.
Ejemplo de Filipinas
En las grandes fincas organizadas de manera tradicional, generalmente se emplea a familias completas, pero sólo el hombre recibe el salario como pago por el trabajo de toda la familia. En las grandes plantaciones, los varones operan las máquinas, mientras que a las mujeres se les ofrece un puesto simple o de trabajo “fácil”, generalmente menos remunerado.
Sin embargo, el acceso a la tierra no es el único factor determinante. Otros factores, como por ejemplo las condiciones de producción, son también decisivos para un uso productivo de la tierra y para poder conservarla a lo largo del tiempo. Esto se relaciona con el acceso a los medios de producción, a la educación y a la ayuda técnica, y también con las condiciones del mercado bajo las cuales se venden los productos. En gran medida, las contra-reformas neoliberales de la década del 1990 han hecho que los pequeños agricultores se vean forzados a vender la tierra que antes habían obtenido.
Finalmente, la liberalización de las políticas de tierra y el retiro posterior del Estado ha significado el abandono de las medidas compensatorias y de aquellas que favorecían a los grupos especialmente vulnerables y marginales, específicamente a las mujeres. Por eso, muchas organizaciones de mujeres siguen exigiendo políticas de redistribución de tierras basadas en criterios sociales que no sólo tomen en consideración el género, sino que también tengan un efecto compensatorio sobre otras formas de discriminación social, regional y racial. Los mercados de tierras no constituyen una alternativa a las reformas agrarias, ya que a través de los mercados, la redistribución de la tierra pierde su función de lograr la equidad social. Bajo condiciones de injusticia estructural, no se puede lograr justicia simplemente con un tratamiento igualitario: resulta necesario tomar medidas compensatorias.
Fines y demandas de la Campaña Internacional de Reforma Agraria
El objetivo de la Campaña Global pro Reforma Agraria de FIAN y de La Vía Campesina es apoyar la lucha de los sin tierra y de los pequeños agricultores para que accedan a la tierra, al agua y a los recursos de producción agraria, basándose en el derecho humano que es acceder a una alimentación adecuada. La Campaña es un foro importante para superar una desigualdad en la propiedad y en las condiciones de producción que no son neutrales en relación al género.
Para lograr mayor democracia de género, es importante prestar especial atención a las perspectivas de género en todas las formas de redistribución de tierras, programas de titulación y medidas relacionadas. Un punto clave es crear iguales condiciones de inicio (igualdad formal) y que se logren los mismos resultados (igualdad real). Esto significa poner en práctica medidas compensatorias.
En este contexto, la campaña internacional de FIAN y La Vía Campesina aboga por la implementación de una reforma agraria basada en los derechos humanos, que cree un entorno agrícola donde:
• los pequeños agricultores tengan control sobre su tierras, las semillas y el agua, para que puedan vivir con dignidad;
• se facilite la producción de alimentos seguros y libres de modificaciones genéticas para todos;
• se garanticen medios de producción sostenibles para preservar la base de alimentos para las futuras generaciones;
• se reafirmen los derechos de las mujeres rurales y otros grupos deprimidos;
• se garantice la soberanía alimentaria;
• se refuercen las comunidades rurales.
Renate Schüssler
Global Campaign for Agrarian Reform. FIAN International, P.O. Box 10 22 43, D-69012 Heidelberg, Alemania. Email: shuessler@fian.org
Referencias
– Deere, C. D. y M. León. 2001. Empowering Women. Land and Property Rights in Latin America. Pittsburgh, EE.UU.
– Deere, C.D. y M. León. 2001. Género, Propiedad y Empoderamiento: Tierra, estado y mercado en América Latina. Bogotá, Colombia.
– Ghimire, K.B. (editor). 2001. Land reform and Peasant Livelihoods. The Social Dynamics of Rural Poverty and Agrarian Reforms in Developing Countries.